
Por Alvaro Vargas Llosa
Los efectos del reciente fallo en la disputa entre Nicaragua y Colombia no son tan claros para Perú y Chile. La próspera relación económica entre ambos países no hacen esperable que se replique el trauma vivido en Bogotá. Otro tema será lo electoral.
Con respecto a Colombia y Nicaragua, una lectura mínimamente rigurosa del dictamen indica cuatro cosas: 1) Colombia ganó mucho más que Nicaragua. 2) Colombia perdió lo que perdió porque no existe un tratado de límites marítimos entre ambos países ni nada que se le parezca. 3) La fórmula equitativa mediante la cual La Haya le recorta a Colombia algo de la zona marítima de sus islas supone de todas formas para Nicaragua una reducción muy importante del área que le correspondería por ser su costa ocho veces más larga que la costa de las islas colombianas en cuestión. 4) La corte echó por tierra la pretensión nicaragüense de dividir a medias una parte de su plataforma continental que según Managua se solapa con la colombiana y que para los jueces no venía a cuento, porque el gobierno de Daniel Ortega no ha mostrado que su margen continental llegue tan lejos.
Es cierto que el último asunto podría ser motivo de una demanda futura si Nicaragua creyera que tiene las pruebas de que su margen continental va más allá de 200 millas. Pero si no lo pudo probar ahora, nada hace prever que lo pueda probar después. En cualquier caso, la salida del Pacto de Bogotá por parte de Colombia que está en marcha vuelve irrelevante la hipótesis de una nueva demanda.
No tiene sentido discutir aquí en gran detalle todo el dictamen. Lo importante es que la soberanía colombiana sobre las islas se mantuvo porque el tratado de 1928 (Esguerra-Bárcenas), que se refiere a fronteras terrestres y no marítimas, así lo definió y que, aunque es cierto que Colombia perdió algo de mar, La Haya aplicó una solución que nada tiene que ver con una línea equidistante o línea media, sino con una fórmula equitativa, según la cual Nicaragua queda con un área sólo tres veces y media más grande que Colombia en la zona en disputa, aun cuando su costa es ocho veces más larga que la de las islas. Estas proporciones, insisto, se refieren a la zona en disputa solamente, no a la zona marítima total, que en el caso colombiano obviamente incluye, además de las islas, la proyección desde su costa continental hacia el Caribe y hacia el Pacífico, asunto que no era materia de este juicio.
Desde el punto de vista del litigio entre Perú y Chile, ¿qué lección se puede extraer? Primero, que los tratados son determinantes. Sin el tratado de 1928, Colombia habría tenido graves problemas para hacer valer su soberanía sobre la islas: el documento internacional pesa más que cualquier otra consideración. Precisamente por eso La Haya tuvo que tomar una decisión “equitativa” con respecto al mar: porque no había tratado (o convenio o acuerdo equivalente) alguno.
El Perú sostiene que los documentos firmados junto con Chile y Ecuador en 1952 y 1954 no son tratados de delimitación, que el decreto supremo de 1947 tampoco fijó una frontera marítima y que la actuación posterior de las autoridades peruanas, incluida la comisión mixta que a fines de los 60’ fijó las torres de enfilamiento para que desde el mar pudiera verse una línea de iluminación, no implica haber reconocido una demarcación en el mar. Sin embargo, hay que admitir que, nos guste o no, esto es por lo menos discutible, dadas las referencias al paralelo como límite que hay tanto en esos documentos como en las actas de la actuación oficial peruana en distintos momentos. Colegir de la posición del Perú ante La Haya que la argumentación peruana es igualmente sólida que la nicaragüense, es muy optimista: no hay documentos que aludan a una frontera marítima entre Colombia y Nicaragua ni por descuido. Podemos discutir si para el Perú los documentos tenían la misma fuerza que para Chile en décadas pasadas y si Chile siempre los vio como determinantes de una frontera, pero no hay duda de que, en el juicio de La Haya, Colombia no tenía en sus manos nada comparable a la documentación que tiene Chile para mostrar que una delimitación marítima fue aceptada por la otra parte.
Además de ello, la línea equidistante o línea media -lo que pide el Perú- no es lo que ha usado La Haya para delimitar la frontera marítima en su dictamen del 19 de noviembre sobre Colombia y Nicaragua. El fallo muy explícitamente desecha la línea media como frontera entre la costa nicaragüense y la costa de las islas colombianas frente a su territorio. La razón que da es doble: que la costa nicaragüense es ocho veces más larga (las proporciones, por tanto, serían demasiado dispares en caso de usarse ese criterio) y que si se usara ese método habría amputaciones en los espacios marítimos de las partes. Por tanto, en vez de la línea media, se da una solución que la corte considera “equitativa”: mueve la línea media hacia el este, lo que beneficia a Colombia y perjudica a Nicaragua, pero también impide su proyección natural de esa línea hacia el norte y el sur, porque en ese caso dejaría a Colombia desproporcionadamente mejor. La solución equitativa al final deja a Nicaragua con un área tres veces y media más grande en la zona en disputa, lo que no deja nada mal parada a Colombia si se tiene en cuenta que la costa de sus islas es ocho veces más corta que la nicaragüense.
El Perú ha pedido a la corte simultáneamente -y los abogados lo han argumentado con solidez- una línea equidistante y una solución equitativa. Esto es interesante, teniendo en cuenta que, en el caso Colombia-Nicaragua, ambas cosas, según La Haya, son incompatibles. Históricamente la línea equidistante y la solución equitativa fueron vistas como incompatibles cuando se codificó el derecho marítimo. Las negociaciones de cara a la Convención sobre el Derecho del Mar -la famosa Constitución de los mares de 1982 que todo el mundo cita- produjeron un gran enfrentamiento entre los países que pedían la línea equidistante y los que pedían la solución equitativa. Al final, como en toda negociación internacional, se buscó una fórmula transaccional y vaga, según la cual se opta por la línea equidistante a menos que haya acuerdos entre las partes, títulos históricos o circunstancias especiales (como es obvio, caben muchísimas cosas dentro de este espectro: por eso digo que la fórmula que establece la Convención del Derecho del Mar en la práctica es vaga).
Los dirigentes y periodistas que han convencido a tantos peruanos de que lo ocurrido en el caso de Colombia y Nicaragua corrobora, sin ningún género de duda, la tesis peruana, están exagerando mucho. Y los ex presidentes chilenos asustados porque creen que lo que se usó en ese mismo caso fue una solución salomónica, también exageran. Si la tesis peruana de la línea equidistante triunfa en el juicio contra Chile, no será evidente, al menos no a primera vista, la relación entre ese fallo y la sentencia del caso colombo-nicaragüense.
Ahora bien: ¿qué riesgo hay de que en el caso chileno-peruano se repita el trauma vivido en Colombia?
Como se sabe, el gobierno de Juan Manuel Santos ha denunciado el Pacto de Bogotá. En vista de la fuerte resaca política -su popularidad ha caído quince puntos con respecto a una encuesta hecha dos meses antes-, Santos ha dado señales ambiguas sobre el acatamiento del dictamen, manteniendo una presencia naval en la zona en disputa y pidiendo a Nicaragua negociar un tratado (además de solicitar a La Haya ciertas aclaraciones). Lo cierto es que todo indica que Colombia se está retirando del Pacto de Bogotá para hacer un gesto interno y para evitar una nueva demanda, no para desacatar este fallo abiertamente. La actitud de Nicaragua -que no pedirá a la ONU que se retire la armada colombiana, permitirá a Colombia pescar en su zona y no otorgará concesiones petroleras en la reserva de la biosfera “Flor del Mar”- indica que ya hay una negociación con Colombia. Es decir: Bogotá está buscando una fórmula que le permita salvar cara para acatar el fallo.
Lo que está por verse, claro, es el efecto político de mediano plazo en Colombia. En Nicaragua, donde Daniel Ortega ya ha logrado establecer un régimen con fuertes elementos autoritarios, la percepción de triunfo fortalece ese propósito. En Colombia, no sabemos cómo afectará esto a Santos, que buscará la reelección (en su caso legítimamente) en 2014. Ni cómo beneficiará a los aliados del ex mandatario Alvaro Uribe, que han estado al frente del rechazo a lo ocurrido en La Haya. Pero no puede descartarse que los sectores más duramente nacionalistas saquen provecho y que el gobierno, que había logrado recuperar mucho terreno tras un bache de popularidad a comienzos de este año, tenga fuerte viento en contra.
En el caso de Chile y Perú no existe posibilidad de desacato al dictamen que se dará en los próximos meses. La percepción de un significativo número de peruanos de que Chile no acatará el fallo expresa tres cosas: 1) Un triunfalismo algo prematuro inducido por muchos políticos, diplomáticos y periodistas que no han explicado las cosas con amplitud y han dado la sensación de que no hay argumentos contrarios mínimamente dignos de respeto. 2) Una vieja desconfianza hacia Chile, que en los últimos años había perdido mucho terreno, pero que este caso ha recobrado cierto aliento. 3) Una reacción temporal y espontánea que contradice los intercambios impresionantes entre peruanos y chilenos: nunca se viajó más, invirtió más y comerció más entre ambos países.
El gobierno chileno ha dado tantas garantías públicas de acatamiento que es inconcebible un escenario en que ello no suceda si triunfa la posición peruana. En el caso del Perú, evidentemente no se da siquiera la hipótesis del no acatamiento, puesto que en el peor escenario las cosas seguirán como están, y desacatar el dictamen sólo sería posible mediante una acción física que nadie se atrevería a plantear en serio.
Pero aun si no hay posibilidad de desacato, ¿existe riesgo de una reacción “a la colombiana” en la opinión pública del Perú o de Chile? Me temo que en algunos sentidos sí, aunque no creo que en los mismos niveles que en Colombia y tampoco creo que esa reacción dure demasiado. En el Perú, la falta de prudencia de muchos políticos, diplomáticos y periodistas ha creado una seguridad absoluta en el triunfo, y no es difícil prever que la frustración, si esa victoria no se diera, sería considerable. En cambio, sí podría sufrir en el corto plazo el clima de la relación con Chile, pues la presión de esa frustración sobre las autoridades y los agentes económicos no sería pequeña. Dicho esto, dudo mucho -por el salto de gigante que han dado las relaciones- que el efecto duraría mucho tiempo. A mediano y largo plazo cuesta suponer que esa frustración afectaría las relaciones.
En el caso de Chile, si el dictamen es adverso, acaso el rechazo de la ciudadanía y la opinión pública sea bastante menos airado del que hemos visto en Colombia, dado que está mucho más extendido que en el Perú el sentimiento de que algo pueden perder. Además, el gobierno ha exhibido bastante prudencia en los últimos meses, quizá previendo esto mismo. Por último, dudo mucho que un dictamen adverso tenga un efecto paralizante para esos empresarios que han llevado la inversión chilena en el Perú a casi 12 mil millones de dólares, para esos comerciantes que intercambian con sus pares peruanos algo menos 5 mil millones de dólares anuales y para esos viajeros que han sustituido a Argentina por el vecino del norte como principal destino exterior. Al menos no de forma muy notoria y no por mucho tiempo.
En lo que no me atrevo a hacer pronósticos es en las consecuencias electorales, tanto en el Perú como en Chile, de un dictamen favorable o desfavorable. Dada la línea de continuidad en los equipos y en el trabajo de ambas partes, y lo difícil que es establecer responsabilidades principales de forma aislada, resulta impredecible el efecto que el entusiasmo de unos y la desmoralización de otros pueda tener en términos electorales. Si alguno tiene.












