Por Gerardo Hernández Dávila
El Universal
Las 26 leyes habilitantes decretadas el 31-J desconocen la voluntad popular expresada el 2 de diciembre de 2007. Aparte de inconstitucionales, su promulgación es un irrespeto a los venezolanos para quienes el NO rotundo se ha convertido en un SÍ por voluntad del Ejecutivo. Dada la gran cantidad de normativas, la población aún no digiere el significado de cada ley, ni ha tomado conciencia de las consecuencias derivadas de la aplicación de una superada filosofía política, que negada mediante el voto se intenta meter de contrabando en leyes aprobadas entre gallos y medianoche.
Como en la reforma propuesta, las leyes arremeten contra la propiedad privada de cualquier tamaño y naturaleza. En una apretada síntesis presentaremos por sectores esa obstinación por desconocer el derecho de propiedad consagrado en la Constitución, comenzando por el medio rural, donde el zarpazo a la propiedad privada ya era una crónica anunciada.
El Art. 305 del proyecto de reforma rezaba: "Si ello fuere necesario para garantizar la seguridad alimentaria, la República podrá asumir sectores de la producción agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola indispensables a tal efecto, y podrá transferir su ejercicio a entes autónomos, empresas públicas y organizaciones sociales, cooperativas o comunitarias. Así como utilizar a plenitud las potestades de expropiación, afectación y ocupación en los términos de esta Constitución y la Ley".
La Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria ratifica esa intención al declarar de utilidad pública e interés social los bienes e infraestructuras que aseguren a la población la disponibilidad y acceso oportuno a alimentos de calidad en cantidades suficientes, e instaura un sistema de severos controles sobre la cadena alimentaria. Es punitiva y discrecional. Dedica 88 de sus 172 artículos al control del ciclo agroalimentario con mecanismos coercitivos como la expropiación, la confiscación, el comiso, las multas, el cierre temporal y permanente de comercios, la destrucción de las mercancías objeto de la infracción, la revocatoria del permiso, licencia, o autorización respectiva y hasta el establecimiento de penas de prisión.
A las Asambleas Agrarias, los Consejos de Productores y al voluntariado campesino asigna roles como centinelas de las empresas. El Estado aparte de controlar la distribución de insumos y servicios para la producción, vigilará el consumo apoyándose en los Consejos Comunales que determinarán los niveles del consumo comunal por rubro identificando a los sujetos beneficiarios, para "controlar y evitar el consumo exagerado".
La propiedad agraria no sólo está amenazada por dicha Ley. Igualmente tienen incidencia otras habilitadas, como la de Salud Agrícola Integral, de Crédito para el Sector Agrario, del Banco Agrícola de Venezuela, de Beneficios y Facilidades de Pago para las Deudas Agrícolas y Rubros Estratégicos para la Seguridad y Soberanía Alimentaria y la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios cuya acción trasciende a la economía y la sociedad.
La nueva legislación agraria consagra el control de la producción y la distribución de alimentos; decreta la muerte de la propiedad agraria, la iniciativa privada y el libre mercado; aleja las inversiones, y bendice el floreciente negocio de las importaciones, y el trueque que seguirán sacrificando el petróleo de todos los venezolanos.