Por Gabriela Calderón de Burgos
Emilio Palacio ha sido sentenciado a tres años de cárcel por expresar una opinión. Al considerar que Palacio (y cualquier otra persona) debe tener derecho a expresarse sin miedo de represalias, muchos han confundido dos cosas: la defensa del derecho a decir algo y la defensa de lo que se dijo. Esto es esencial porque la libertad de expresión se defiende no solo para que la gente diga cosas agradables, sino incluso para que digan cosas que a uno lo pueden ofender.
Consideremos un caso de Estados Unidos donde hay una larga tradición en diferenciar la expresión del contenido. En 1990 la Corte estadounidense decidió por segunda vez que una ley que prohibía la quema de la bandera como una forma de protesta política era inconstitucional ya que violaba la Primera Enmienda (“El Congreso no … impondrá obstáculos a la libertad de expresión o de la prensa”). En ese entonces, la corte dijo “si hay un principio firme detrás de la Primera Enmienda, este es que el Estado no puede prohibir la expresión de una idea simplemente porque la sociedad encuentra la idea en sí ofensiva o desagradable”. ¿Será, entonces, que la Corte respaldó la quema de la bandera? Mi colega de estudios constitucionales en el Cato Institute, Roger Pilon, sostiene que “De hecho, con perfecta consistencia uno puede condenar la quema de la bandera, como muchos estadounidenses lo hacen, mientras que se defiende el derecho a quemarla”. De manera que, para defender el derecho de un columnista a decir algo, no es necesario estar de acuerdo con lo que dijo ni cómo lo dijo.
Un derecho como el de expresarse libremente implica la obligación de otros a no interferir con la libertad de cada individuo de hacerlo. Por cierto, no implica la creación de una obligación (por parte del Estado o de otros) de proveerle a cada individuo un micrófono y una audiencia. Además, el derecho a la libertad de expresión no garantiza que cada persona haga buen uso de esta libertad.
¿Por qué la defensa de esta libertad si algunos harán mal uso de ella? Porque permitirle esta libertad solo a los que hacen buen uso de ella sería violar el derecho a expresarse de los que quieren decir algo “desagradable” y le daría demasiado poder al encargado de decidir qué es “desagradable”. Además, dice Pilon, “Llámelo tolerancia, llámelo respeto: es la característica de una sociedad libre que los individuos sean dejados en libertad de perseguir sus propios valores, sin importar qué tan equivocados, o qué tan ilustrados o confundidos, sin importar si son agradables y ofensivos a otros”. Fijar el precedente de que las cortes ecuatorianas pueden enviar a la cárcel a cualquiera que ofende a un empleado de una empresa estatal es un precio demasiado alto que pagar por el posible daño que se le haya causado a un ciudadano con esa opinión. Los que opinamos siempre estamos sujetos a pagar con la pérdida de nuestra credibilidad. ¿Debemos estar sujetos también a ir a la cárcel?