Por Alberto Benegas Lynch (h)
Para una evaluación que responda al interrogante que plantea el título de esta nota periodística, es indispensable remitirnos al significado de la ley. Para ello nada mejor que aludir al texto del decimonónico Frederic Bastiat titulado precisamente La Ley, publicado originalmente en 1850 y traducido por vez primera al castellano de la versión francesa en 1959 por el Centro de Estudios sobre la Libertad de Buenos Aires, antes incluso que la versión inglesa de 1964. Desde entonces se han publicado varias ediciones en distintos idiomas, la última en 2005 en castellano por Alianza Editorial de Madrid.
Bastiat fue un prolífico escritor, fundador de la célebre Asociación Francesa de Libre Comercio, frecuente colaborador del Journal des Economistes, diputado en las cortes francesas, gran amigo del notable polemista inglés Richard Cobden y ferviente estudioso de los clásicos del liberalismo. Sus abultados textos están recopilados en tres obras: Armonías económicas, Sofismas económicos y Ensayos de política económica. En el prólogo que el premio Nobel en economía Friedrich Hayek escribe para este último libro, concluye que Bastiat “tenía un don especial para ir al corazón de los problemas” y Joseph Schumpeter en su Historia del análisis económico lo considera “el periodista económico más brillante de la historia”. Se han publicado numerosas tesis doctorales sobre este eminente pensador, tal vez la más difundida sea la de Dean Russell presentada y aprobada en el Instituto de Estudios Internacionales para Graduados de la Universidad de Ginebra, en 1959, titulada Frederic Bastiat. Ideas and Influences.
Vamos entonces a un introito sobre significado de la ley que desafortunadamente pocos graduados de abogacía entienden hoy, puesto que la gran mayoría no son abogado -que significa defensores del derecho- y son en cambio estudiantes de legislaciones que pueden recitar sus números, incisos y párrafos pero se desentienden de los mojones o puntos de referencia extramuros de la ley positiva. En este sentido, salvo honrosas excepciones, en nuestra época el positivismo legal ha hecho estragos lo cual, entre otras cosas, no permite ver que la igualdad ante la ley está indisolublemente atada a la noción de Justicia en el contexto clásico de “dar a cada uno lo suyo” y lo suyo remite a la propiedad privada que a su vez está anclada a los procesos de mercado abierto y el consecuente respeto recíproco.
La institución de la propiedad privada existe no solo referida a la personalidad de cada cual y a su vida sino a lo adquirido de modo legítimo. Tal como se ha consignado en otras oportunidades, la asignación de derechos de propiedad se torna indispensable a los efectos de darle el mejor empleo posible a los siempre escasos factores de producción: los que aciertan en las necesidades del prójimo obtienen ganancias y los que yerran incurren en quebrantos.
En esta línea argumental, el mayor aprovechamiento de esos recursos se traduce en incrementos en los salarios e ingresos en términos reales. En la visión opuesta Marx y Engels en el Manifiesto Comunista sostienen que “todo el programa comunista puede resumirse en la abolición de la propiedad privada”. Ludwig von Mises, al contrario, en Liberalismo explica que “todo el programa del liberalismo se traduce en el respeto a la propiedad privada”. Es del caso recordar que este último autor demostró que como la abolición de la propiedad significa la eliminación de los precios de mercado, en un sistema socialista coherente no hay forma de evaluar proyectos, calcular y llevar contabilidad. Las consideraciones técnicas carecen de sentido sin precios, como explica Mises: puede fabricarse agua sintética desde el punto de vista técnico con dos moléculas de hidrógeno y una de oxígeno pero se necesitan precios para saber si es viable.
Pasado este introito, veamos el análisis magistral de Bastiat en torno al corazón de la ley como sinónimo de derecho y no mera legislación (de paso recordemos que Juan Bautista Alberdi -el autor intelectual de la Constitución fundadora en tierras argentinas- resume la idea al escribir que “saber leyes, pues, no es saber derecho”). Bastiat se pregunta y responde: “¿Qué es la ley? Es la organización colectiva del derecho individual de legítima defensa”. A continuación escribe: “Tal como la fuerza de un individuo no puede legítimamente atentar contra la persona, la libertad o la propiedad de otro individuo, por la misma razón la fuerza común no puede aplicarse legítimamente para destruir la persona, la libertad o la propiedad de individuos”.
Bastiat conocía bien a los autores de la Escuela Escocesa, Adam Smith, Ferguson y Hume en cuanto a la trascendencia del orden espontáneo y la incipiente idea en cuanto a que el conocimiento está fraccionado y disperso entre millones de personas que se coordinan cada uno persiguiendo su interés personal sin lesionar derechos de terceros y, asimismo, la ignorancia se concentra cuando megalómanos intervienen en el mercado provocando desabastecimientos y desajustes varios que redundan en perjuicio de todos pero muy especialmente en el bolsillo de los más necesitados. Así nuestro autor, siempre en su trabajo sobre la ley, nos dice: “Puede afirmarse aún que gracias a la no intervención del Estado en los asuntos privados, las necesidades y las satisfacciones se desarrollarían en el orden natural”. Pero afirma que desafortunadamente los gobiernos han “procedido en forma contraria a su propia finalidad, han destruido su propia meta: se han aplicado a aniquilar aquella justicia que debían hacer reinar, a borrar, entre los derechos, aquellos límites que era su misión hacer respetar, ha puesto la fuerza colectiva al servicio de quienes quieren explotar” y concluye que se trata de la “completa perversión de la ley” ya que “no podía pues introducirse en la sociedad un cambio más grande y una mayor desgracia que esto: la ley convertida en instrumento de expoliación”. Y cómo reconocer el robo legal, se pregunta Bastiat y responde: “Es muy sencillo. Hay que examinar si la ley quita a alguno lo que le pertenece para dar a otros lo que no les pertenece”.
El pensador francés afirma que toda esta flagrante tergiversación y degradación de la ley coloca a las personas en una encrucijada: “Cuando la ley y la moral se encuentran en contradicción, el ciudadano se encuentra en la cruel disyuntiva de perder la noción de la moral o de perder el respeto a la ley”. Más adelante en su estudio sustancioso sobre la ley señala la fenomenal incomprensión que revela la equivocada noción que cuando se apuntan los desaguisados de los aparatos estatales metidos en áreas que exceden su misión específica de protección de los derechos de todos “que son anteriores y superiores a la existencia de los gobiernos” para nada quiere decir que se está en contra de tal o cual emprendimiento, solo se dice que no le compete al monopolio de la fuerza llevarlo a cabo ya que inexorablemente contradice lo que hubiera hecho o de que modo lo hubiera hecho la gente si hubiera podido utilizar libremente el fruto de su trabajo.
En este sentido, Bastiat subraya en una última cita que hacemos, también muy jugosa: “Hay que decirlo: hay en el mundo exceso de grandes hombres, hay demasiados legisladores, organizadores, instituyentes de sociedades, conductores de pueblos, padres de naciones etc. Demasiada gente que se coloca por encima de la humanidad para regentearla, demasiada gente que hace oficio de ocuparse de la humanidad. Se me dirá: usted que habla, bastante se ocupa de ella. Cierto es. Pero habrá de convenirse que lo hago en un sentido y desde un punto de vista muy diferentes y que si me entrometo con los reformadores, es únicamente con el propósito de que suelten el bocado”.
Recién después de haber marcado estas fundamentalísimas disquisiciones sobre la ley y los engendros que se provocan cuando se aparta del derecho, recién ahora entonces podemos responder y evaluar el interrogante con que titulamos esta nota. Nada cambia por el hecho de que una multitud apruebe un desatino, no por eso deja de ser desatino. Tal como ha escrito Benjamin Constant, que tanto inspiró a Bastiat: “La voluntad de todo un pueblo no puede hacer justo lo que es injusto”, por otra parte un concepto que viene desde Cicerón, quien destacó: “El imperio de la multitud no es menos tiránico que la de un hombre solo” y, entre nosotros, Juan González Calderón ha dicho que “los demócratas de los números ni de números entienden puesto que parten de dos ecuaciones falsas: 50% más 1%=100% y 50% menos 1%=0%”.
Entonces los gobiernos desbocados traicionan abiertamente el sentido de la ley y la convierten en robo legal, en usurpación y en expoliación al fruto del trabajo ajeno, es decir, le dan la espalda a la misión por la que existen los aparatos estatales de garantía y protección a los derechos. Este es el sentido del derecho a la resistencia a la opresión intolerable desde John Locke en adelante inscripta en muchos declaraciones de independencia comenzando por la estadounidense, es decir la legitimidad de un contragolpe para frenar los golpes extremadísimos y repetidos a las instituciones republicanas, lo cual se hizo en muchos casos, unos con suerte como la antedicha independencia norteamericana y otros con desvíos atroces como el contragolpe de Castro a los reiterados golpes perpetrados por Batista contra las instituciones republicanas en lo que hoy es la isla-cárcel cubana.
La usurpación con apoyo electoral no modifica la usurpación en todos los actos en los que el Leviatán da manotazos vía impuestos insoportables, inflaciones colosales y deudas astronómicas al efecto de financiar gastos gubernamentales elefantiásicos empleados para aplastar a súbitos indefensos.
En cuanto al caso de empresarios prebendarios, las alianzas con el poder de turno para explotar a sus congéneres constituyen también un atraco. Y cuando los privilegios se esgrimen debido a la necesaria protección, debe señalarse que no hay derecho a que endosen sus costos sobre las espaldas del resto de los habitantes puesto que si no contaran con los suficientes recursos para hacer frente a los primeros períodos de sus proyectos deberán vender su idea a otros en el mercado local o internacional, pero si nadie le compra ese proyecto es porque está mal evaluado lo cual tampoco justifica recurrir coactivamente al bolsillo ajeno.
Finalmente, el ladrón de bancos o sus equivalentes siendo a todas luces repudiables por lo menos tienen la idea de que lo que hacen contradice los valores de los asaltados. Por eso se cubren la cara y generalmente operan en la oscuridad de la noche, mientras que los gobernantes desbocados y los empresarios prebendarios asaltan a cara descubierta, de día y con el apoyo del monopolio de la fuerza convertida de contrabando con apariencia de ley disfrazada de derecho. Por eso es que el antes referido Alberdi escribió: “El ladrón privado es el más débil de los enemigos que la propiedad reconozca. Ella puede ser atacada por el Estado, en nombre de la utilidad pública”. A eso agrega su condena al proteccionismo empresario, que sostiene es “la protección a la estupidez y a la pereza, el más torpe de los privilegios” (Obras Completas, tomo IV, pp.165 y 182 respectivamente).